El Ministerio de Medio Ambiente emitió una resolución que aprueba el reglamento para la declaración de áreas protegidas privadas donde se establecen las normas, procedimientos y requisitos para su gestión y manejo.
La institución explicó que entre los objetivos para la creación de las áreas protegidas privadas o de conservación voluntaria se encuentran la incorporación de las mismas al Sistema Nacional de Áreas Protegidas para garantizar el uso sostenible de la biodiversidad, los paisajes y las fuentes acuíferas que contienen los terrenos.
Además, busca incrementar la participación activa del sector privado en la conservación de los ecosistemas, hábitat o especies con capacidad de proveer servicios y bienes, y desarrollar unidades de conservación que promuevan actividades productivas sostenibles en base a un plan de manejo.
Entre los requisitos para declarar un área protegida privada están el que el terreno reúna las condiciones de buen estado de conservación con oportunidades para el turismo sostenible, la educación ambiental y la investigación científica. Deben conservar total o parcialmente su flora originaria y contener fauna nativa o endémica; además debe existir una o varias corrientes de agua en buen estado, no contaminada y con fauna comprobable.
Los requisitos también incluyen la evidencia de manifestaciones o yacimientos de la cultura aborigen, vestigios de construcciones coloniales y su conexión con un corredor biológico u otra área protegida.
La resolución expresa que los terrenos que sean declarados como área protegida privada tendrán los mismos méritos para la protección y asistencia técnica que las unidades del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y tendrán prioridad para el otorgamiento de incentivos y apoyo financiero que se definan en el futuro, sin que se pierda el legítimo derecho de propiedad.
Vía: tlc.impulsar.org