SCJ ratifica adjudicación de terrenos reclamados como Parque del Este
Carlos Sánchez, implicado en caso Marbella, compró tierras; Medio Ambiente responde
SD. La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ratificó la orden de registro de derecho de propiedad de 3.4 millones de metros cuadrados de terrenos de la parcela 6-004-10866 del Distrito Catastral 10/1era, del municipio Higüey, que forma parte de una porción de 35 millones de metros cuadrados que el Estado reivindica como parte del Parque Nacional del Este.
Carlos Sánchez Hernández, implicado junto a unas 60 personas en un presunto fraude fiscal contra la Agencia Tributaria de España por 4.8 millones de euros, conocido como el caso Marbella, figura en la adquisición de una porción de tres millones de metros cuadrados en el lugar.
La decisión sorprendió a las autoridades dominicanas, entre ellas la Procuraduría, Medio Ambiente y el Abogado del Estado Fermín Casilla Minaya, quienes confiaban que la Suprema revocaría la orden.
La Suprema Corte rechazó un recurso de casación incoado por Vidal Castillo, Iván Peña Castillo, Rogelio Castillo, y demás sucesores de Lucas Castillo; Carmen Dinora Rivera Castillo, Elvido Rivera Castillo, Dioni María Rivera Castillo de Reyes y Ana Concepción Rivera Gómez, y demás sucesores de Mercedes Marmolejos y Ramón Osiris Morla C., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central, el 27 de noviembre de 2008, en relación con las parcelas 6-004-10866, 6-004-26982 y 6-005-49 del Distrito Catastral No. 10/1ra. del municipio Higüey.
Sin embargo, los jueces de la Tercera Sala de la SCJ, Pedro Romero Confesor, en funciones de presidente; Julio Aníbal Suárez y Enilda Reyes Pérez, refrendaron la orden de registrar con sus mejoras, consistentes en matas de cocos, 2,431,059 metros cuadrados a favor de Daniel Antonio Minaya Rodríguez, a las compañías de inversiones Trubia S.A., y la Técnicas Eléctricas y Desarrollo Integral, conforme con los actos de ventas hechos por el adjudicatario a su favor. Asimismo, 1,041,822 de metros cuadrados a favor de Juan Antonio Haché Khoury.
La sentencia que fue ratificada consigna que existe un acto de venta intervenido el 2 de noviembre de 2005 entre Minaya Rodríguez y la razón social comercial Inversiones Trubia de una porción de tres millones de metros cuadrados dentro del ámbito de la referida parcela. Confirma la sentencia del 9 de febrero de 2006, dictada por el Tribunal Superior de Tierras de Jurisdicción Original de Higüey, en relación con las posesiones dentro de la parcela No.6. De igual modo, se rechazaron las conclusiones incidentales del Abogado del Estado ante el Tribunal de Tierras, quien solicitó la nulidad del proceso de saneamiento de los terrenos.
La SCJ acogió el criterio de que las disposiciones de los artículos 15, 124 y 125 y siguientes de la Ley 1542, le imponen al Tribunal Superior de Tierras revisar oficiosamente todas las decisiones dictadas por los Tribunales de Jurisdicción Original en ocasión del saneamiento de un terreno, facultándolo a confirmar, revocar o modificar sus fallos. Consideró que en el caso se hizo una correcta aplicación de la ley.
Medio Ambiente
En diciembre de 2008, el ministro de Medio Ambiente, Jaime David Fernández, advirtió que nadie que adquiera terrenos en los límites del Parque Nacional del Este podrá incursionar en la zona para tomar posesión de ellos.
Ayer, el vocero del organismo, Mayo Rodríguez, reiteró tal afirmación. «La justicia podrá declararlo como legal pero, hay algo muy sencillo, seguiría siendo área protegida, y si está dentro de los límites de área protegida adquiere una condición de especial», dijo a DL.
«El que tiene un terreno en un área protegida nosotros vamos a respetar el derecho a la propiedad, pero la ley contempla qué tiene que hacer un propietario de un área protegida», aseguró el portavoz de Medio Ambiente.
Según la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04), al referirse a las áreas protegidas privadas, dice que «el Estado garantizará el derecho de propiedad sobre estas áreas, a través de incentivos y el uso de instrumentos financieros como el pago por servicios ambientales, todo ello dentro de las normas establecidas en la presente ley y sus reglamentos». En ese mismo artículo 12 agrega que «los propietarios de estas áreas deberán dotarlas de un plan de manejo aprobado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales dentro de los plazos establecidos en los reglamentos correspondientes».
Las controversias en que se ha visto el Parque del Este mayormente tienen un tinte económico. Se recuerdan las denuncias de la venta de terrenos a empresarios italianos y otros extranjeros, así como un proyecto de Ley que pretendía restarle más de ocho kilómetros cuadrados a esa reserva nacional.
De F. Méndez/M. Mejía
Fuente: www.diariolibre.com
BUENO, PIENSO QUE NO ESTAMOS ADELANTANDO A LOS HECHOS, ESTA SENTENCIA DE LA SUPREMA LO QUE DESIDE ES LO RELATIVO AL CONFLICTO ENTRE DOS PARTE QUE ALEGABAN TENER PROPIEDAD SOBRE LOS TERRENOS EN CUESTIÓN, AHORA EL FALLO SOBRE SI PROCEDE O NO LA VENTA A PARTICULARES DE ESOS TERRENOS AUN ESTA PENDIENTE EN LA SUPREMA, QUE AHÍ ES DONDE TENEMOS QUE ESTAR PENDIENTES TODOS LOS DOMINICANOS PREOCUPADOS POR ESTE PAÍS, PARA SALIR A DEFENDER NUESTRO PATRIMONIO SI LA SUPREMA SE ATREVE A FALLAR A FAVOR DE CARLOS SANCHEZ Y DARLE DERECHO SOBRE LA PROPIEDAD DE ESOS TERRENOS QUE SON ÁREA PROTEGIDA.