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Consultorio Ecológico ¿Cómo se justifica la instalación de un aserradero dentro de un parque nacional?

eleuterio_postP. Profesor, a propósito del donativo del Gobierno de Taiwán al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ¿cómo se justifica la instalación de un aserradero dentro de un parque nacional?

R. Hay casos y cosas insólitas que a veces resulta difícil explicar desde el punto de vista técnico o especializado. Según las normas internacionalmente acep tadas de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), un parque nacional (categoría II) es un área protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación, donde resulta totalmente incompatible el aprovechamiento forestal.

A pesar de que la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (N° 64-00), la Ley Sectorial sobre Áreas Protegidas (N° 202-04) y ahora la nueva Constitución de la República (2010) han establecido con meridiana claridad el significado y el valor de las áreas protegidas y su importancia para la vida y el desarrollo de la nación Dominicana, no parece que las autoridades ambientales del país, en estos momentos, estén conscientes de la trascendencia y la responsabilidad de la misión puesta en sus manos.

La República Dominicana, como miembro fundador de la UICN (1948) y una de las primeras cuatro naciones del continente americano en firmar la Convención sobre la Protección de la Flora y la Fauna Silvestres y las Bellezas Naturales del Hemisferio Occidental (OEA – 1942), no puede darse el lujo de desconocer las funciones de un parque nacional, máxime cuando se trata de Valle Nuevo, una de las áreas protegidas más emblemáticas del país.

Ni siquiera con el gran incendio forestal de 1983, cuando se quemaron 55,000 tareas de bosques en 76 horas y no era área protegida, se contempló la extracción de madera de los bosques incinerados en esta demarcación geográfica cordillerana.

Por si alguien lo desconoce, Valle Nuevo está enclavado en el mismo centro de la isla y es el segundo sistema montañoso más grande del país y la Región del Caribe, cuya misión primaria es producir y garantizar las aguas nacionales que le sirven de sustento a la producción de alimentos en el Valle del Cibao, Valle de San Juan, Plena de Azua y Valle de Neiba, además de garantizar la generación hidroeléctrica de al menos 14 presas (Jigüey – Aguacate – Valdesia – Las Barías – Pinalito – Blanco – Arroyón – Tireíto – Hatillo – Complejo Tavera – Bao – López Angostura, Jimenoa y Sabana Yegua). Entonces ¿se puede atentar contra este templo de la naturaleza?

P. Profesor, a propósito del donativo del Gobierno de Taiwán al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ¿cómo se justifica la instalación de un aserradero dentro de un parque nacional?

R. Hay casos y cosas insólitas que a veces resulta difícil explicar desde el punto de vista técnico o especializado. Según las normas internacionalmente acep tadas de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), un parque nacional (categoría II) es un área protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación, donde resulta totalmente incompatible el aprovechamiento forestal.

A pesar de que la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (N° 64-00), la Ley Sectorial sobre Áreas Protegidas (N° 202-04) y ahora la nueva Constitución de la República (2010) han establecido con meridiana claridad el significado y el valor de las áreas protegidas y su importancia para la vida y el desarrollo de la nación Dominicana, no parece que las autoridades ambientales del país, en estos momentos, estén conscientes de la trascendencia y la responsabilidad de la misión puesta en sus manos.

La República Dominicana, como miembro fundador de la UICN (1948) y una de las primeras cuatro naciones del continente americano en firmar la Convención sobre la Protección de la Flora y la Fauna Silvestres y las Bellezas Naturales del Hemisferio Occidental (OEA – 1942), no puede darse el lujo de desconocer las funciones de un parque nacional, máxime cuando se trata de Valle Nuevo, una de las áreas protegidas más emblemáticas del país.

Ni siquiera con el gran incendio forestal de 1983, cuando se quemaron 55,000 tareas de bosques en 76 horas y no era área protegida, se contempló la extracción de madera de los bosques incinerados en esta demarcación geográfica cordillerana.

Por si alguien lo desconoce, Valle Nuevo está enclavado en el mismo centro de la isla y es el segundo sistema montañoso más grande del país y la Región del Caribe, cuya misión primaria es producir y garantizar las aguas nacionales que le sirven de sustento a la producción de alimentos en el Valle del Cibao, Valle de San Juan, Plena de Azua y Valle de Neiba, además de garantizar la generación hidroeléctrica de al menos 14 presas (Jigüey – Aguacate – Valdesia – Las Barías – Pinalito – Blanco – Arroyón – Tireíto – Hatillo – Complejo Tavera – Bao – López Angostura, Jimenoa y Sabana Yegua). Entonces ¿se puede atentar contra este templo de la naturaleza?

Envíe sus preguntas eluterioporlavida@gmail.com

Por ELEUTERIO MARTÍNEZ

Vía: http://hoy.com.do/