Las áreas protegidas del país sólo podrán ser reducidas por ley con la aprobación de las dos tercera parte de ambas cámaras del Congreso Nacional, según lo aprobado ayer por la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución. Los asambleístas también aprobaron que los ríos, playas y las costas nacionales pertenecientes al dominio público son de libre acceso al público y en ley se etablacerá la forma en que la población puede acceder a esos espacios.
Además, aprobó consagrar en la nueva Constitución que se declare de alto interés público la exploración y explotación de hidrocarburos en el territorio nacional y en las áreas marítimas bajo la jurisdicción estatal.
Las medidas están contenidas en los artículos 9, 10, 11 y 56 del informe sobre medio ambiente y áreas protegidas de la comisión que los estudió y que modificó la propuesta enviada por el Poder Ejecutivo.
La Asamblea Revisora en un tiempo record de una hora y 39 minutos aprobó este controversial tema del medio ambiente y recursos naturales, que según explicó Félix Nova, presidente de la comisión, fue consensuado con la Secretaría de Medio Ambiente, con el sector ambiental, las comisiones de medio ambiente de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD), la Academia de Ciencias y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).
El numeral dos del artículo 56 de la propuesta original del Poder Ejecutivo establecía que las áreas protegidas no podían ser reducidas, a lo que se opusieron legisladores de región Sur, que se constituyeron en bloque y lograron su modificación. Mientras la diputada Isabel Bonilla planteó que al llevarse a la Constitución inmediatamente se cree una ley para que la población pueda accesar a los espacios públicos que muchas veces son usados de manera exclusiva por el sector privado.
Puso por ejemplo el caso de los hoteles donde se impede el paso a la persona para acudir a las playas. Explicó que en otros países se construyen “callecitas” para los nativos y particulares.
Sin artículos
Los asambleistas agotaron todos los objetos del proyecto y solo están pendientes los que fueron enviados a comisión.Fue por esa razón que el pasado lunes solo se conocieron los puntos de medio ambiente. Para este miércoles está previsto que se conozca el tema de la Junta Central Electoral ( JCE), ya que el presidente de esa comisión, Charlie Mariotti, dijo que es muy problable que este listo. De no ser así los trabajos serían suspendidos.
El presidente de la Asamblea Revisora, Reinaldo Pared Pérez, llamó a las comisiones a agilizar los trabajos de los artículos que están en estudio, para poder avanzar y conocer en un tiempo prudente en segunda lectura todo el texto constitucional. Más de cien artículos son discutidos en comisiones especiales que no han presentado sus informes.
Explicó que hasta tanto no se conozcan, en primera lectura, todos los artículos de la propuesta de reforma no se puede pasar a la discusión de ellos en segunda lectura.
Igualmente, refirió que el preámbulo no se sancionó, aunque la Asamblea tomó la decisión de que debe haber un preámbulo, motivo por el cual urgió a la comisión de verificación, que preside Frank Martínez, para que prepare un proyecto que sería sometido al pleno en los próximos días. Los artículos sobre medio ambiente fueron aprobadados de la siguiente manera:
Artículo 56. Constituye un derecho y un deber del Estado y de todos los habitantes prevenir la contaminación, proteger y mantener el ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones.
1) Toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales, a habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
RECURSOS NATURALES Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Artículo 9. Los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación. Los yacimientos mineros son de titularidad estatal . Se declara de alto interés público la exploración y explotación de hidrocarburos
Artículo 10. Las cuencas altas de ríos y las zonas de biodiversidad endémica nativa serán objeto de protección especial. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas pertenecen al dominio público y son de libre acceso al público.
Artículo 11. La vida silvestre, el sistema nacional de áreas protegidas y los ecosistemas y especies que contienen son bienes patrimoniales de la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Por: Ramón Pérez Reyes
Listin Diario