Un tribunal arbitral de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) se declaró competente por jurisdicción para juzgar si la expropiación del vertedero de Duquesa decidida por la República Dominicana ocasionó perjuicios por $US 580 millones como sostiene el demandante, el multimillonario de origen jamaiquino y nacionalizado canadiense Michael Anthony Lee-Chin.
La empresa Lajún de la que Lee-Chin es socio mayoritario, fue despojada de la administración del vertedero mediante orden del Tribunal Superior Administrativo emitida el 27 de septiembre del 2017.
Según una publicación del periódico digital Acento.com , El caso se refiere a una controversia planteada con base en el Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones contenido en el Anexo III del Acuerdo para el Establecimiento del Área de Libre Comercio entre la República Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM).
“El Tribunal decide lo siguiente: (i) declarar que la presente controversia se encuentra dentro de la jurisdicción del Tribunal; (ii) rechazar las objeciones a la jurisdicción presentada por la demandada; (iii) proseguir con la sustanciación del procedimiento arbitral según el calendario que se fijará en consulta con las partes a partir de lo dispuesto en la Opción I del Calendario Procesal (Anexo A Revisado 190 de la Resolución Procesal No. 1); (iv) diferir la adopción de la resolución sobre las costas”, dice el fallo.
El bufete de abogados global Hogan Lovells, contratado por Michael Anthony Lee-Chin, destacó que el tribunal “rechazó todas las objeciones jurisdiccionales de la República Dominicana relacionadas con la supuesta falta de consentimiento bajo el Artículo XIII del Tratado (de Caricom), y la falta de jurisdicción sobre el tema basada en la inversión indirecta del Sr. Lee-Chin en la República Dominicana”.
El arbitraje ahora pasará a la fase de fondo para abordar la afirmación de Lee-Chin de que la República Dominicana violó las normas de protección otorgadas a los inversores extranjeros en virtud del Tratado.
La inversión de Lee-Chin consistió en el 90% de las acciones de una empresa dominicana, Lajún Corporation SA, que tenía un contrato de concesión para administrar un relleno sanitario en Santo Domingo, donde Lee-Chin “estaba desarrollando una planta de conversión de residuos en energía”, añadió.
“Las autoridades locales de Santo Domingo -prosiguió el bufete de abogados- expropiaron la inversión sin compensación al tomar el control militar del vertedero y emprender acciones locales para anular la concesión”